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Requisitos de personal

Los centros autorizados por Community Care Licensing según el Título XXII requieren las siguientes calificaciones del personal:

Director de Centro Infantil o Preescolar

  • 15 unidades de desarrollo infantil
  • Tres de estas unidades deben estar en administración.
  • Cuatro años de experiencia docente, o título AA en desarrollo infantil y dos años de experiencia docente, o título BA en desarrollo infantil y un año de experiencia docente

Director de edad escolar

  • Tres unidades de administración
  • Tres unidades de educación infantil
  • Nueve unidades en recreación, educación física, bienestar social, educación infantil o una credencial de docente y cuatro años de experiencia docente.

Maestra infantil totalmente calificada

  • 12 unidades de desarrollo infantil
  • Tres de estas unidades deben estar relacionadas con el cuidado de los lactantes.
  • Seis meses de experiencia en un programa de cuidado infantil grupal para niños menores de cinco años.

Maestra de preescolar totalmente calificada

  • 12 unidades de desarrollo infantil
  • Seis meses de experiencia laboral en un programa de cuidado infantil grupal.

Profesora de edad escolar totalmente calificada

  • 12 unidades en recreación, educación física, bienestar social, credenciales docentes o desarrollo infantil
  • Seis meses de experiencia docente

Ayudante

  • Tener 18 años de edad o más, o ser graduado de la escuela secundaria.
  • Debe trabajar bajo la supervisión directa de un maestro.

Los maestros pueden ser contratados con seis unidades completadas y deben completar dos unidades cada semestre hasta cumplir con el requisito de educación.

Permisos del centro

Los centros financiados por el Departamento de Educación del Estado bajo el Título V (por ejemplo, los centros preescolares estatales) requieren las siguientes calificaciones del personal:

El personal que trabaja en centros para bebés y niños pequeños y/o preescolares financiados por la División de Desarrollo Infantil del Departamento de Educación del Estado debe obtener permisos de desarrollo infantil para trabajar. El permiso incluye requisitos de educación, experiencia y estándares de renovación de educación continua. Consulte la Matriz de permisos de desarrollo infantil para obtener una lista de estos criterios.

Requisitos para el cuidado infantil familiar

Los hogares de cuidado infantil familiar con licencia bajo el Título XXII requieren las siguientes calificaciones del personal:

Proveedor de cuidado infantil

  • 18 años de edad
  • 15 horas de capacitación en salud y seguridad, que incluyen RCP, primeros auxilios y prácticas de salud preventiva.

Proveedor asistente en cuidado infantil en familias numerosas

  • 14 años de edad

Si bien no se requieren clases de desarrollo infantil, muchos proveedores de cuidado infantil cuentan con capacitación adicional y cursos universitarios. Pida ver los certificados y la verificación de créditos universitarios.

Relación de personal del centro

Proporciones en los centros de atención comunitaria autorizados según el Título XXII

  • Centros infantiles: un profesor por cada cuatro bebés
  • Preescolares: un maestro por cada doce niños o un maestro y un asistente por cada quince niños
  • Edad escolar: un maestro por cada catorce niños o un maestro y un auxiliar por cada 28 niños

Proporciones en los centros financiados por el Departamento de Educación del Estado bajo el Título V

  • Bebés (desde el nacimiento hasta los 18 meses): un adulto por cada tres bebés
  • Niños pequeños (de 18 a 36 meses): un adulto por cada cuatro niños pequeños
  • Preescolar (36 meses hasta la inscripción al jardín de infantes): un adulto por cada ocho niños en edad preescolar
  • Edad escolar (niños matriculados en jardín de infantes hasta los 14 años): un adulto por cada 14 niños